jueves, 17 de octubre de 2013

Seremi destaca rebaja de tiempos en proceso de adopción que busca nueva proyecto de ley

Como un avance que permitirá facilitar y disminuir los tiempos del proceso, calificó el secretario regional de Justicia de la región de Coquimbo, Gregorio Rodríguez Jaure, el proyecto de ley que busca modernizar y perfeccionar el sistema de adopción en Chile y que el Gobierno enviará al Congreso.

La idea también es que la nueva normativa legal, la actual data de 1999, actualizar el sistema de acuerdo a la realidad local e internacional.

Sólo el año pasado, se efectuaron en nuestro país cerca de 487 adopciones por parte de matrimonios chilenos y 118 por familias extranjeras. En la región de Coquimbo, la cifra suma 16 adopciones el año pasado y 12 hasta septiembre de 2013.

Actualmente los niños e incluso adolescentes que esperan ser adoptados en algunas de las instituciones acreditadas por Sename, están en promedio 2 años y 15 días en esos organismos.

“Como gobierno nos propusimos como objetivo disminuir ese plazo para permitir que el proceso sea más rápido y que el niño se encuentre lo antes posible con la nueva familia que lo va a acoger”, señaló el seremi de Justicia al sostener que si bien es cierto los esfuerzos como Estado están enfocados a que permanezcan con sus familias de origen, si ello no es posible, “es importante que tengan el derecho a vivir en el seno de una familia adoptiva que los ame, acompañe y cuide”.

La autoridad de gobierno además explicó que, entre otras novedades, el proyecto busca simplificar y modernizar de las causales para decretar la adoptabilidad; mejorar los procedimientos, lo que llevará a acortar los tiempos de espera; y especificar que se inicie el procedimiento de declaración de adoptabilidad en cuanto haya una causal.

En este punto, el seremi explicó que se propone un catálogo amplio y detallado de causales de adoptabilidad. Hoy sólo existen dos causales: abandono e inhabilidad física o moral, y en el caso de ésta última, la ley se remite al artículo 226 del Código Civil y éste a su vez al artículo 42 de la Ley de Menores N° 16.618, encontrándonos con causales anacrónicas, que no dan cuenta de las problemáticas que hoy en día afectan a los niños y sus familias.

“Frente a ello, se  crean nuevas  causales, lo que facilitará  la forma de probar su existencia, agilizando el proceso. Por ejemplo, será causal de adoptabilidad la circunstancia de que un niño haya estado internado en una institución por un período superior de seis meses. Otra innovación en este sentido es el inmediato inicio del proceso de adoptabilidad: cuando exista  una causal, debe iniciarse  inmediatamente el proceso, acotándose la búsqueda de parientes a los más cercanos y estableciendo normas que permiten garantizar y agilizar su notificación, antes de declarar la adoptabilidad”, indicó.

Asimismo acotó que el proyecto incluye una mejora de la normativa en materia de adopción internacional (tanto para padres chilenos que efectúen un proceso en el extranjero, como para parejas chilenas residentes en otros países que quieran adoptar en Chile), acotación en el proceso de búsqueda de parientes (que en ocasiones demora el proceso de declaración de susceptibilidad de adopción), y modificación del orden de prelación para las personas que deseen postular a la adopción, dejando en primer lugar los matrimonios chilenos y en segundo lugar los matrimonios extranjeros y los solteros.

“En materia de protección intrafamiliar, si un abuelo quiere hacerse cargo de un nieto, ya no lo tiene que adoptar, sino que se crea la figura de la protección intrafamiliar, destinada a crear un vínculo con el niño, otorgando los mismos derechos que existen entre padres e hijos, evitando trastocar los roles familiares”, aseveró Rodríguez Jaure.

“Respecto a las familias guardadoras, se especifica que en la adopción de una niña, niño o adolescente, sujeto al cuidado de un guardador o guardadora de un programa de acogimiento familiar que solicite la adopción del primero y que cumpla los requisitos previstos por esta ley para adoptar, el Servicio Nacional de Menores, los organismos acreditados nacionales y los tribunales deberán considerar especialmente, a efectos de seleccionar al postulante y acoger la adopción, respectivamente, el tiempo transcurrido bajo su cuidado, el cual no podrá ser inferior a seis meses ininterrumpidos”, puntualizó.

LA LEY VIGENTE (RECUADRO)

Con la actual ley de adopción se vino a subsanar vacíos legales existentes y adecuar la normativa a la Convención sobre Derechos del Niño, ratificada por Chile en el año 1990, incorporando y haciendo prevalecer en el caso de la adopción el interés superior del niño, estableciendo procedimientos claros e incorporando medidas que impidieran la venta o tráfico de niños.

La Ley 19.620 instauró en Chile un buen sistema de adopción, el que ha sido reconocido incluso a nivel internacional. 

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