Como
un avance que permitirá facilitar y disminuir los tiempos del proceso, calificó
el secretario regional de Justicia de la región de Coquimbo, Gregorio Rodríguez
Jaure, el proyecto de ley que busca modernizar y perfeccionar el sistema de
adopción en Chile y que el Gobierno enviará al Congreso.
La
idea también es que la nueva normativa legal, la actual data de 1999, actualizar
el sistema de acuerdo a la realidad local e internacional.
Sólo
el año pasado, se efectuaron en nuestro país cerca de 487 adopciones por parte
de matrimonios chilenos y 118 por familias extranjeras. En la región de
Coquimbo, la cifra suma 16 adopciones el año pasado y 12 hasta septiembre de 2013.
Actualmente
los niños e incluso adolescentes que esperan ser adoptados en algunas de las
instituciones acreditadas por Sename, están en promedio 2 años y 15 días en
esos organismos.
“Como
gobierno nos propusimos como objetivo disminuir ese plazo para permitir que el
proceso sea más rápido y que el niño se encuentre lo antes posible con la nueva
familia que lo va a acoger”, señaló el seremi de Justicia al sostener que si
bien es cierto los esfuerzos como Estado están enfocados a que permanezcan con
sus familias de origen, si ello no es posible, “es importante que tengan el
derecho a vivir en el seno de una familia adoptiva que los ame, acompañe y
cuide”.
La
autoridad de gobierno además explicó que, entre otras novedades, el proyecto
busca simplificar y modernizar de las causales para decretar la adoptabilidad; mejorar
los procedimientos, lo que llevará a acortar los tiempos de espera; y especificar
que se inicie el procedimiento de declaración de adoptabilidad en cuanto haya
una causal.
En
este punto, el seremi explicó que se propone un catálogo amplio y detallado de
causales de adoptabilidad. Hoy sólo existen dos causales: abandono e
inhabilidad física o moral, y en el caso de ésta última, la ley se remite al
artículo 226 del Código Civil y éste a su vez al artículo 42 de la Ley de
Menores N° 16.618, encontrándonos con causales anacrónicas, que no dan cuenta
de las problemáticas que hoy en día afectan a los niños y sus familias.
“Frente
a ello, se crean nuevas causales, lo que facilitará la forma de probar su existencia, agilizando
el proceso. Por ejemplo, será causal de adoptabilidad la circunstancia de que
un niño haya estado internado en una institución por un período superior de
seis meses. Otra innovación en este sentido es el inmediato inicio del proceso
de adoptabilidad: cuando exista una
causal, debe iniciarse inmediatamente el
proceso, acotándose la búsqueda de parientes a los más cercanos y estableciendo
normas que permiten garantizar y agilizar su notificación, antes de declarar la
adoptabilidad”, indicó.
Asimismo
acotó que el proyecto incluye una mejora de la normativa en materia de adopción
internacional (tanto para padres chilenos que efectúen un proceso en el
extranjero, como para parejas chilenas residentes en otros países que quieran
adoptar en Chile), acotación en el proceso de búsqueda de parientes (que en
ocasiones demora el proceso de declaración de susceptibilidad de adopción), y modificación
del orden de prelación para las personas que deseen postular a la adopción,
dejando en primer lugar los matrimonios chilenos y en segundo lugar los
matrimonios extranjeros y los solteros.
“En
materia de protección intrafamiliar, si un abuelo quiere hacerse cargo de un
nieto, ya no lo tiene que adoptar, sino que se crea la figura de la protección
intrafamiliar, destinada a crear un vínculo con el niño, otorgando los mismos
derechos que existen entre padres e hijos, evitando trastocar los roles
familiares”, aseveró Rodríguez Jaure.
“Respecto
a las familias guardadoras, se especifica que en la adopción de una niña, niño
o adolescente, sujeto al cuidado de un guardador o guardadora de un programa de
acogimiento familiar que solicite la adopción del primero y que cumpla los
requisitos previstos por esta ley para adoptar, el Servicio Nacional de
Menores, los organismos acreditados nacionales y los tribunales deberán
considerar especialmente, a efectos de seleccionar al postulante y acoger la
adopción, respectivamente, el tiempo transcurrido bajo su cuidado, el cual no
podrá ser inferior a seis meses ininterrumpidos”, puntualizó.
LA LEY VIGENTE (RECUADRO)
Con
la actual ley de adopción se vino a subsanar vacíos legales existentes y
adecuar la normativa a la Convención sobre Derechos del Niño, ratificada por
Chile en el año 1990, incorporando y haciendo prevalecer en el caso de la
adopción el interés superior del niño, estableciendo procedimientos claros e
incorporando medidas que impidieran la venta o tráfico de niños.
La
Ley 19.620 instauró en Chile un buen sistema de adopción, el que ha sido
reconocido incluso a nivel internacional.
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