Un
completo análisis de los cambios y alcances en materia de aplicación por parte
de los tribunales de justicia del Nuevo Sistema de Penas Sustitutivas contemplados
en la Ley N°18.216 fueron abordados en el seminario que reunió a jueces,
fiscales y defensores penales públicos en el auditorio de la PDI en La Serena.
Abogados
y psicólogos del Ministerio de Justicia, por espacio de tres días, dieron a conocer a los asistentes las principales
novedades de la normativa legal que busca mejorar las medidas alternativas a la
reclusión para un control más eficiente de los condenados, la reinserción
social de los mismos y la protección de las víctimas.
La
nueva normativa legal crea seis nuevas penas sustitutivas a la reclusión y que
son la remisión condicional de la pena, reclusión parcial, libertad vigilada,
expulsión de condenados extranjeros con residencia ilegal en el país, prestación
de servicios en beneficio a la comunidad y libertad vigilada intensiva.
Para
su eficaz cumplimiento se establece el aumento de la planta de Gendarmería en
más de quinientos funcionarios y la puesta en marcha de un sistema de monitoreo
remoto de los condenados a través de brazaletes que indiquen si están o no
cumpliendo con la pena o medida, por ejemplo, la prohibición de acercarse a la
víctima en los casos de los condenados por violencia intrafamiliar.
Para
el seremi de Justicia Gregorio Rodríguez la realización de la jornada fue positiva dada la alta convocatoria entre los operadores jurídicos.
VISION MINISTERIAL
El
abogado Octavio Pino Reyes, jefe del Departamento de Reinserción Social de
Adultos de la División de Reinserción Social del Ministerio de Justicia,
explica que la reforma a los sistemas alternativos es una de las principales
transformaciones en materia de ejecución de penas en los últimos treinta años y
que pone énfasis en la reinserción social de las personas condenadas con penas
tales como la liberta vigilada y la libertad vigilada intensiva que van acompañadas
de una intervención más efectiva por parte de delegados de libertad vigilada.
“También
se va a generar con esta ley una mayor certeza en cuanto a su cumplimiento para
dejar atrás la sensación de impunidad y de concebir a esta medidas como beneficios.
Ahora nos encontramos con verdaderas penas cuyo incumplimiento va a traer
aparejadas consecuencias que van a implicar, en definitiva, la privación de
libertad de aquel que no cumpla con ellas”.
El
profesional afirmó que no es espíritu de la ley desincentivar el uso de las
cárceles sino más bien el uso racional de las mismas, de tal forma que aquellos
delitos de mayor gravedad tengan asignada pena de cárcel y aquellos delitos que
tengan penas inferiores a 300 días como, por ejemplo, la venta de películas y
música piratas, no deban ir a la cárcel sino que tengan la posibilidad de reparar
el daño causado a la sociedad mediante la prestación de servicio a la
comunidad.
Respecto
a cuando comenzará a regir la nueva ley, Pino Reyes, indicó que se encuentra en
un periodo de vacancia legal – es decir la ley está promulgada pero comenzará a
regir más adelante- sujeta a las
modificaciones de un reglamento, pero que en todo caso no puede exceder los 18
meses.
“El
fundamento de esta vacancia se encuentra en una serie de procesos que estamos
realizando como por ejemplo, la contratación, selección y capacitación de más
de quinientas personas para Gendarmería como delegados de libertad vigilada y
de prestación de servicios a la comunidad. También se debe realizar una
licitación internacional del sistema telemático que también son procesos que
requieren bastante tiempo, como también la capacitación de todos los
intervinientes como fiscales, jueces y defensores y la difusión entre la
ciudadanía que ya se están realizando en todas las regiones”, puntualiza.
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