martes, 13 de noviembre de 2012

Aplicación de nuevas penas sustitutivas a la reclusión exponen en seminario en La Serena

Un completo análisis de los cambios y alcances en materia de aplicación por parte de los tribunales de justicia del Nuevo Sistema de Penas Sustitutivas contemplados en la Ley N°18.216 fueron abordados en el seminario que reunió a jueces, fiscales y defensores penales públicos en el auditorio de la PDI en La Serena.
 
Abogados y psicólogos del Ministerio de Justicia, por espacio de tres días, dieron  a conocer a los asistentes las principales novedades de la normativa legal que busca mejorar las medidas alternativas a la reclusión para un control más eficiente de los condenados, la reinserción social de los mismos y la protección de las víctimas.
 
La nueva normativa legal crea seis nuevas penas sustitutivas a la reclusión y que son la remisión condicional de la pena, reclusión parcial, libertad vigilada, expulsión de condenados extranjeros con residencia ilegal en el país, prestación de servicios en beneficio a la comunidad y libertad vigilada intensiva.
 
Para su eficaz cumplimiento se establece el aumento de la planta de Gendarmería en más de quinientos funcionarios y la puesta en marcha de un sistema de monitoreo remoto de los condenados a través de brazaletes que indiquen si están o no cumpliendo con la pena o medida, por ejemplo, la prohibición de acercarse a la víctima en los casos de los condenados por violencia intrafamiliar.
 
Para el seremi de Justicia Gregorio Rodríguez la realización de la jornada fue positiva dada la alta convocatoria entre los operadores jurídicos. 
 
VISION MINISTERIAL 
 
El abogado Octavio Pino Reyes, jefe del Departamento de Reinserción Social de Adultos de la División de Reinserción Social del Ministerio de Justicia, explica que la reforma a los sistemas alternativos es una de las principales transformaciones en materia de ejecución de penas en los últimos treinta años y que pone énfasis en la reinserción social de las personas condenadas con penas tales como la liberta vigilada y la libertad vigilada intensiva que van acompañadas de una intervención más efectiva por parte de delegados de libertad vigilada. 
 
“También se va a generar con esta ley una mayor certeza en cuanto a su cumplimiento para dejar atrás la sensación de impunidad y de concebir a esta medidas como beneficios. Ahora nos encontramos con verdaderas penas cuyo incumplimiento va a traer aparejadas consecuencias que van a implicar, en definitiva, la privación de libertad de aquel que no cumpla con ellas”. 
 
El profesional afirmó que no es espíritu de la ley desincentivar el uso de las cárceles sino más bien el uso racional de las mismas, de tal forma que aquellos delitos de mayor gravedad tengan asignada pena de cárcel y aquellos delitos que tengan penas inferiores a 300 días como, por ejemplo, la venta de películas y música piratas, no deban ir a la cárcel sino que tengan la posibilidad de reparar el daño causado a la sociedad mediante la prestación de servicio a la comunidad.
 
Respecto a cuando comenzará a regir la nueva ley, Pino Reyes, indicó que se encuentra en un periodo de vacancia legal – es decir la ley está promulgada pero comenzará a regir más adelante-  sujeta a las modificaciones de un reglamento, pero que en todo caso no puede exceder los 18 meses. 
 
“El fundamento de esta vacancia se encuentra en una serie de procesos que estamos realizando como por ejemplo, la contratación, selección y capacitación de más de quinientas personas para Gendarmería como delegados de libertad vigilada y de prestación de servicios a la comunidad. También se debe realizar una licitación internacional del sistema telemático que también son procesos que requieren bastante tiempo, como también la capacitación de todos los intervinientes como fiscales, jueces y defensores y la difusión entre la ciudadanía que ya se están realizando en todas las regiones”, puntualiza.

No hay comentarios:

Publicar un comentario